Portada  |  13 mayo 2021

Denuncian desalojos irregulares y violentos en el Barrio Mugica

Desde la Mesa de Urbanización Participativa y Rotativa del Barrio Mugica señalan al secretario de Integración Social y Urbana, Diego Fernández, y al jefe de Goberno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, como los principales responsables de la falta de solución habitacional de las familias del barrio.

Actualidad

Autoridades del Gobierno porteño fueron acusados por la Mesa de Urbanización Participativa y Rotativa del Barrio Mugica de llevar adelante desalojos irregulares y violentos con niños de por medio.

"Con esta postura están lejos de una verdadera urbanización e integración del barrio", sostienen desde la organización que señalan que los vecinos toman medidas desesperadas para que sus hijos tengan un techo.

El pasado 23 de abril desalojaron a tres familias "pateando las puertas, sacándolas en camisón a la calle con sus hijos, sin permitirles siquiera hacer un llamado por teléfono, amenazándolas con sacarles a sus hijos y sin previo aviso", indican.

"Esto no es un hecho aislado, sino una práctica habitual de la Secretaría de Integración que debería acompañar a las familias que se ven obligadas a tomar medidas drásticas por la falta de solución habitacional. Las familias desalojadas el 23 de abril fueron visitadas por la Secretaría por última vez en noviembre del año pasado", explican.

"La Secretaría de Integración Social y Urbana recibió 500 millones de dólares para urbanizar el Barrio Mugica. De las 2.500 viviendas que tenía que hacer para la relocalización sólo construyó 1.044. No realizó el tendido subterráneo de la red eléctrica ni las obras de agua que corresponden", aseguran desde la Mesa y agregan que las autoridades "avanzan con una regularización dominial que pone en peligro la radicación definitiva de los vecinos y vecinas".

Fallo judicial

La Justicia porteña confirmó esta semana la orden impartida al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) para que garantice alojamiento a un grupo familiar y una alternativa habitacional cerca del Hospital de Niños Ricardo Gutiérrez, con "accesibilidad adecuada", para una niña con problemas de salud que debe desplazarse en silla de ruedas.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad ratificó la medida cautelar que dispuso que el GCBA cubra el monto del alquiler y las sumas adeudadas, ante la demanda promovida por R.M.B.A. y su pareja L.A.C, madre y padre respectivamente de cuatro hijos, todos menores.

Al presentar la acción de amparo, sostuvieron que se hallaban en "situación de pobreza crítica, vulnerabilidad social e inminente situación de calle", porque no podían hacer frente al pago del alquiler del lugar donde viven junto con sus hijos.

Ambos indicaron que se desempeñaban en el rubro gastronómico pero que a partir del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) por la pandemia de Covid-19 quedaron desempleados y sus únicos ingresos provienen de la Asignación Universal por Hijo (AUH), la venta de empanadas y la canasta escolar de alimentos.

Expusieron, además, que su hija L. tiene un estado de salud "muy delicado", con diagnóstico de "Dependencia de silla de ruedas. Visión subnormal de ambos ojos. Defectos del campo visual. Hipofunción y otros trastornos de la glándula hipófisis. Tumor benigno de la hipófisis" con "incontinencia urinaria" y "craneofaringioma".

La pequeña, según constancias de la causa, "necesita recibir asistencia y controles periódicos en el Hospital Gutiérrez donde realiza sus tratamientos de neurocirugía, endocrinología y oncología", porque "sufre descompensaciones periódicas", por lo que el grupo familiar vive a dos cuadras del centro asistencial.

Otra de las hijas "padece de miopía y astigmatismo" y debe realizarse estudios médicos "porque presenta un caso severo y era posible que la deban operar".

La pareja manifestó haber pedido ayuda pero que desde el Gobierno local se la negaron porque "no habían sufrido un contexto de calle efectivo".

Al apelar la medida provisoria, el GCBA reiteró esos argumentos, dijo que no se había probado la deuda por alquileres y negó que el grupo familiar se hallara en una situación de vulnerabilidad extrema como para darle un subsidio habitacional.

La Sala IV de la Cámara recordó que por aplicación el artículo 25 de la Ley 4.036 "el Gobierno de la Ciudad debe brindar alojamiento para aquellas personas con discapacidad que se hallen en situación de vulnerabilidad social".

Agregó que las personas menores están "especialmente protegidas" por normas como la Convención sobre los Derechos del Niño" y la Constitución de la Ciudad y que de las constancias aportadas surgía la posible "emergencia habitacional" del grupo.

El fallo fue firmado por los camaristas María Macchiavelli Agrelo, Laura Perugini y Marcelo López Alfonsín.

Con información de Télam



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